lunes, 13 de diciembre de 2010

Presentación de ALEGACIONES a la Ordenanza

Enlaces a prensa:





NOTA INFORMATIVA

La Plataforma “Cívicxs contra la Ordenanza” ALEGA con nombres y apellidos


La Plataforma “Cívicxs contra la Ordenanza” presentó en el Registro del Ayuntamiento 325 alegaciones individuales contra la “Ordenanza municipal de Fomento de la Convivencia” .

En su intervención en el Pleno Municipal del 4 de noviembre la Concejala Concha Arribas justificó la necesidad de esta norma mostrando poco más de 300 quejas ciudadanas de diverso índole. Desleído argumento, cuando la Plataforma “Cívicxs contra la Ordenanza” ha recabado en una decena de días 325 apoyos individuales a las alegaciones en contra de esta norma. Engañoso así mismo, vender esta ordenanza como singular y convencer de que su supuesta idiosincrasia emana de la demanda social de los logroñeses. La falacia se desvela al comprobar las semejanzas con las ordenanzas de Barcelona, Granada, Sevilla, Lugo, Oviedo, Pamplona… que parecen venir de serie.

La Plataforma “Cívicxs contra la Ordenanza” ha optado por la presentación individual de alegaciones, entre otras razones, para evidenciar el absurdo de la acusación de la Concejala contra sus miembros de esconderse tras Plataformas anónimas.

La recogida de apoyos se inició en un acto que se desarrolló el día 27 de noviembre en la Plaza del Mercado. Ese día hubo lugar para la denuncia de situaciones injustas, para exposiciones de carteles, teatro improvisado, taller de reparación de bicis, juegos, charlas en compañía de vino dulce… Porque precisamente esta plataforma considera que lo que pone en jaque esta ordenanza, a pesar de su paradójico e interesado apelativo, es la convivencia y la participación social en un espacio público.

En estos días en los que oficialmente los poderes públicos se presumen garantes de derechos fundamentales, en la práctica, engendran herramientas jurídicas con envoltura amable que de facto los vulneran seriamente.

Parecen pretender invisibilizar a las personas privadas de estos derechos, personas que se encuentran en la calle, sin trabajo, que sobreviven practicando la mendicidad o vendiendo pañuelos, actores involuntarios que escenifican las contradicciones del capitalismo. Frente a éstas, cada vez más obvias, la alternativa se convierte en la estigmatización y criminalización de estos colectivos. Y la cuadratura del círculo, censurar la capacidad crítica y de denuncia de colectivos sociales y políticos poniendo zancadillas y obstruyendo libertades fundamentales como la de expresión, reunión o manifestación.

El plazo para la presentación de alegaciones finalizó. Para la Plataforma “Cívicxs contra la Ordenanza” esta fase ha servido para contribuir a informar y generar debate entre las ciudadanas y ciudadanos. Se abre una nueva etapa con diversos frentes en la seguiremos caminando hacia un modelo de ciudadanía responsable, creativa, crítica y transformadora.

TEXTO DE ALEGACIONES

AL AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO

D_______________________________ con D.N.I. nº _______________________________, y domicilio a efectos de notificación en LOGROÑO, calle ______________________________, ante ese Ayuntamiento comparece y como mejor proceda DICE:

Que dentro del plazo legal formula ALEGACIONES sobre la ordenanza municipal de fomento de la convivencia ciudadana, cuya aprobación inicial fue publicada en el Boletín oficial de La Rioja en fecha 4 de noviembre de 2010 en base a las siguientes:

ALEGACIONES

PRIMERA.- Entiende la compareciente que esta ordenanza, no contribuye a mejorar la convivencia sino que profundiza la falta de comunicación y la intolerancia entre los ciudadanos, que lejos de crear los espacios públicos de la ciudad como espacio de convivencia, intercambio e interculturalidad, supone limitación de derechos y restricciones a la convivencia entre los ciudadanos.

SEGUNDA.- Considera asimismo que la ordenanza de referencia limita gravemente derechos constitucionales, cuales es de libertad de expresión y el de reunión y manifestación, que conforme a lo establecido en nuestra Constitución son derechos solamente susceptibles de ser regulados por Ley Orgánica, que desde luego excede de la competencia del Ayuntamiento de Logroño. Entiende la compareciente que el hecho de exigir autorización previa para mesas informativas, colocación de carteles aún cuando sea en lugares habilitados al efecto limita claramente los derechos enunciados, supone una limitación grave de los derechos que comprendidos entre los artículos que son objeto de la mayor protección, garantía y cobertura.

TERCERA.- Que la ordenanza es discriminatoria en cuanto a la regulación del tráfico rodado, toda vez que si contempla las molestias que pueden ser ocasionadas por el uso indebido de bicicletas y no las mucho mayores que pueden resultar del uso indebido de vehículos motorizados.

CUARTA.- Además la ordenanza a la que se aleja es deficiente en cuanto a su técnica jurídica toda vez, que no sabe definir sin faltar al principio de seguridad jurídica cuales son las actividades relacionadas con la mendicidad que puedan resultar alteradoras de la convivencia, la mera referencia a la insistencia es un concepto jurídico indeterminado inadmisible en el ámbito del derecho sancionatorio. Cebándose además en esta situación de emergencia social con los más desfavorecidos y mas perjudicados por la crisis bancaria y financiera.

Y por lo expuesto

SOLICITA, que sean atendidas y se proceda a modificar la ordenanza en el sentido indicado.

Logroño a 23 de noviembre de 2010.

viernes, 10 de diciembre de 2010

Ordenanza cívica: ¿Igual para todos?

Paseando por las calles de Logroño es imposible no preguntarse si, como prevé el artículo 12.2 de la 'Ordenanza municipal de fomento de la convivencia ciudadana, de las conductas cívicas y de la protección de espacios públicos', cuentan con autorización expresa para colocar carteles en marquesinas de autobuses, cuadros del alumbrado y semáforos, fachadas de edificios públicos y privados... eventos organizados para estos días en nuestra ciudad, y que cuentan con la colaboración expresa (así viene recogido en los propios carteles) de instituciones locales, regionales o estatales. Carteles sobre el XII Congreso Estatal del Voluntariado, actos relacionados con el Día Internacional contra la Violencia de Género...
Y resulta imposible no inquietarse con la más que predecible hipótesis de que, a partir de ahora, se pueda establecer un doble rasero a la hora de permitir o no informar acerca de determinados eventos en función de quién los convoque o apoye.
¿O es que se va a sancionar con multas de hasta 750 euros a quien ose colocar un cartel firmado por algún ministerio, consejería o concejalía en una marquesina? ¿O es que la autoridad municipal competente va a demostrar la misma diligencia a la hora de permitir o comunicar el visto bueno sobre la publicidad de un acto que cuenta con el expreso respaldo de esa misma autoridad, que con otro que no lo cuenta? ¿Serán capaces de prohibirse con la mano derecha lo que aprueban con la izquierda? ¿Se automultarán ellos mismos, o harán penitencia y se autoconvocarán a realizar «tareas o labores para la comunidad» (Art.34.1)? Esto no habrá que perdérselo.
Puede ser interesante el salir con una cámara digital y tomar constancia de la vulneración de esta Ordenanza por instituciones en manos de los mismos partidos políticos que la han aprobado; introducirse en las procesales aguas del contencioso-administrativo para denunciar a aquellos que, con tanto celo, pretenden erradicar actividades supuestamente incívicas, pero que poco predican con el ejemplo, quizá porque cuentan con la impunidad que les da el monopolio de decidir y sancionar quién es «incívico» y quién no.
En definitiva, puede ser revelador cumplir con exquisita rigurosidad lo que marca el artículo 6.7 de la Ordenanza y «colaborar... en las conductas que alteren, perturben o lesionen la convivencia ciudadana», como sin duda es la «incívica» actividad de colocar un cartel en una farola cuando aparezca la firma o colaboración, por ejemplo, del Ayuntamiento de Logroño.
Por último, sugerir a la concejala Arribas y al experto equipo que elaboró la Ordenanza que corrijan al menos la ortografía, pues «prohíbe» lleva tilde en la «i». Que no les ciegue su afán por prohibir (Arts. 8.2, 8.4, 10.3...) lo que debiera ser la obligada necesidad de mantener una cívica conducta con nuestra ortografía.

http://www.larioja.com/v/20101207/opinion/ordenanza-civica-igual-para-20101207.html

viernes, 3 de diciembre de 2010

Ordenanza (In)Cívica

Ordenanza (In)Cívica
Jueves, 02/12/2010 - 18:24 -
JULIO ROMERO MARTíNEZ biokaiku@yahoo.es | LOGROñO


Acorde con el signo de los tiempos de fijación por el orden y la seguridad el controvertido artefacto jurídico de moda desembarca en Logroño: la Ordenanza "Cívica".
Resulta cuando menos curioso que una normativa prácticamente calcada a aquellas originadas al calor de grandes eventos especulativos (Barcelona, Forum de las Culturas 2004), promulgada en Logroño y otras ciudades a partir de un patrón de la FEMP, y aprobada con gran contestación social por algunos de los ayuntamientos más conservadores de España llegue a nuestra ciudad de la mano del equipo municipal socialista, en concreto de la titular de la Concejalía de Medio Ambiente e Igualdad, Concha Arribas, y sea celebrada por las dos otras fuerzas políticas con representacion en el consistorio, Partido Riojano y Partido Popular.

Inmersa en el clima global de recortes de derechos y libertades, bajo el pretexto del orden y la seguridad, amparada en una supuesta demanda ciudadana, la autodenominada "ordenanza de fomento de la convivencia" equipara peligrosamente el castigo de comportamientos vandálicos con restricciones a la intervención en el espacio público de colectivos y movimientos sociales diversos, minoritarios, incómodos para el poder o disconformes con la moral oficial.

Más allá de una declaración de intenciones, lo que ordenanzas de este tipo provocan es el sometimiento de la responsabilidad social individual y su delegación en un Gran Hermano policial en cuyo arbitrio nos vemos obligados a confiar. Más que generar convivencia, imponiéndola a golpe de sanción, lo que consiguen es cargársela. ¿Cómo?
Abriendo puerta a la criminalización de colectivos díscolos para con el pensamiento único oficial, a la restricción de usos novedosos o creativos (ciclistas urbanos, patinadores, arte callejero, juegos en la calle, libre expresión), criminalizando la pobreza y la marginalidad, cada vez más presentes e incómodas a la vista de la sociedad biempensante que las provoca (mendicidad, trabajos de calle...) y poniendo en peligro la espontaneidad y la comunicación con la sociedad de los propios movimientos sociales, especialmente de aquellos menos dóciles con el poder, pues todo dependerá de la preceptiva autorización (o en su defecto, sanción) municipal de su presencia en la calle.

Al equiparar educación con amenaza sancionadora, rehabilitación con trabajos en beneficio de no se sabe bién qué instancias privadas o públicas que a buen seguro sustituirán empleos, la inseguridad jurídica y arbitrariedad policial en su aplicación a las que aboca esta ordenanza generan más problemas de los que declara querer solventar.

Más allá de lo estrictamente jurídico, lo que sería objeto de otro debate (no exento de polémica, como se está demostrando desde la propia Universidad de la Rioja) la presente ordenanza prueba al sobrenormativizar regulaciones ya existentes su orientación populista, cabe pensar que a la búsqueda del voto del miedo en unas próximas elecciones de incierto resultado. Como queda bien explicitado en el mismo texto de la ordenanza:
"Esta ordenanza (...) no pretende ser la solución a dichos comportamientos sino respuesta a la preocupación ciudadana ante este fenómeno."

Alegando la protección de los bienes públicos, se da sin embargo vía libre a la degradación del espacio público a través de los auténticamente incívicos mecanismos de privatización y especulación neoliberal, mientras que por el contrario se dificulta cada vez más la apropiación de un verdadero espacio público (de todos, para todos) por parte de la ciudadanía.

Un espacio público valioso que va mucho más allá del ornato del mobiliario urbano, el recato, el decoro, la normalidad, el sentido común o las buenas costumbres, tal y como aparecen monopolizados, sobreentendidos e indefinidos en esta Ordenanza securitaria que no busca sino imponer la moral conservadora del poder oficial, con una clara vocación de control social.

Crear, viviéndolo, buen espacio público genera seguridad. Por el contrario, la seguridad impuesta no genera necesariamente buen espacio público. Se trata de la conocida imagen de mano dura para contentar el miedo en épocas de crisis. Azote de "vagos y maleantes", al que esta ordenanza recuerda sospechosamente, retrotrayéndonos a épocas que creíamos superadas tiempo atrás. La historia se repite y nos muestra una y otra vez cómo en momentos de crisis sistémica aparecen prácticas populistas autoritarias de las que esta Ordenanza no es sino una muestra más.

http://servicios.larioja.com/tu-noticia/tu_noticia_ver/Ordenanza-%28In%29Civica/41364/1.htm